DESEMPLEO AUTÓNOMOS: Abierto el plazo para suscripción de la prestación por cese de actividades para autónomos

Del 06 de noviembre de 2010 al 06 de febrero de 2011,  se ha abierto un plazo extraordinario para que todos aquellos autónomos que lo deseen puedan suscribir la protección por cese de actividad (el llamado «desempleo de los autónomos»), que supondrá una subida en sus cuotas mensuales a la Seguridad Social (unos 14,30 euros mensuales más para los que coticen por la base mínima)  y que va vinculada a que también se suscriba la protección por accidente de trabajo.

Por tanto, ya está en vigor la Ley 32/2010,  de 5 de agosto, que regula el SISTEMA ESPECÍFICO DE PROTECCIÓN  POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

Esta Ley cumple con parte del desarrollo del Estatuto del Autónomo y ha sido promulgada casi en paralelo a la reciente Reforma Laboral.

Se trata de una suscripción de un «seguro de desempleo» que será obligatorio para los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes y para Trabajadores Autónomos de actividades de riesgo.

Para el resto de Autónomos será una protección voluntaria.

Los autónomos contarán con una prestación parecida a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena aunque con grandes diferencias especialmente al periodo de protección (sólo 2 meses por los 12 primeros meses cotizados y un máximo de 12 meses para los autónomos con 48 o más meses cotizados con esta protección especial)

En los próximos días publicaremos en este blog notas aclaratorias y ejemplos sobre esta nueva prestación, históricamente reivindicada por todo el colectivo de cotizantes del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Acerca de Alejandro Nisa - Máxima Consultores
Graduado Social Colegiado - Auditor Socio Laboral (CEAL) - Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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